Este es el blog del taller de Recopilación de la Historia de Beniaján, una experiencia desarrollada entre los años 2010 y 2015 en la Escuela Popular de Beniaján. Participó en ella un nutrido grupo de personas del pueblo que, día a día, dieron constancia de su tiempo y de su memoria para que su voz no se pierda. En 2016 publicaron el libro "Beniaján y sus gentes. Un paseo por la memoria", recogiendo parte de su investigación. Este trabajo ha tenido continuidad y se ha consolidado en el Centro Cultural de Beniaján a través de "Conoce tu localidad", taller que sigue activo hasta hoy, recopilando aspectos sobre el patrimonio y la historia de Beniaján.

miércoles, 30 de noviembre de 2011

Albores constitucionales

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Entre 1820 y 1823 se desarrolla un periodo de la historia española en el que se vuelve a adoptar la que había sido nuestra primera carta magna: la CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ (conocida popularmente como “La Pepa”). Ésta había sido promulgada en 1812 y tuvo una vigencia inicial de sólo dos años, pues en 1814 se restaura el gobierno absolutista con la llegada al trono de Fernando VII. Será en 1820 cuando se produzca un levantamiento del pueblo a favor de los derechos constitucionales, encabezado por el capitán Riego y su famoso pronunciamiento: «Es de precisión para que España se salve que el rey Nuestro Señor jure la Ley Constitucional de 1812, afirmación legítima y civil de los derechos y deberes de los españoles. ¡Viva la Constitución!». Finalmente, en marzo de 1820, se publica el manifiesto de Fernando VII acatando (a regañadientes) la anterior Constitución y se inicia así el llamado TRIENIO LIBERAL.

Estos tres años estarán protagonizados por la inestabilidad política que trajo consigo, por un lado, el lógico y natural desapego del monarca por el modelo constitucional; y por otro, los constantes enfrentamientos entre quienes consideraban válido el equilibrio de poder entre las Cortes y el Rey que propugnaba la Constitución de 1812, y quienes eran partidarios de redactar una nueva carta magna más reformista. El pueblo, dividido, no supo contener las presiones en bloque de un absolutismo apoyado desde Europa y que tenía al propio rey como cómplice. El ejército de los llamados “Cien Mil Hijos de San Luís”, enviado en 1823 desde Francia para invadir el país, acabó aplacando el liberalismo español y devolviendo el poder absolutista al afrancesado Fernando VII durante los diez años siguientes.

Poniendo la lupa en Beniaján, la proclamación inicial de La Pepa y su posterior  restauración durante el Trienio Liberal, posibilitó la constitución del tan ansiado AYUNTAMIENTO para nuestra localidad; por fin las leyes lo permitían (es más, lo exigían) y Murcia no podría oponerse. Y es que la Constitución de Cádiz contemplaba (en su artículo 310) la formación de nuevos consistorios en aquellas poblaciones con más de 1.000 habitantes, una medida liberalizadora con la que se pretendía romper el centralismo administrativo de los grandes concejos y erradicar el poder ejercido durante generaciones por sus viejas oligarquías sobre el territorio. Beniaján superaba holgadamente en aquel momento los 2.000 habitantes. 

“Art. 310. Se pondrá ayuntamiento en los pueblos que no le tengan, y en que convenga le haya, no pudiendo dejar de haberle en los que por sí o con su comarca lleguen a mil almas, y también se les señalará término correspondiente.” 

Beniaján y muchas otras pedanías del municipio de Murcia se proclamaron villas independientes en aquellos años, pero sólo las más grandes pudieron mantener finalmente su autonomía más allá del Trienio Liberal (Beniaján entre ellas). El continuo estrangulamiento económico ejercido por la capital, contraria a ceder a los nuevos ayuntamientos la parte de las rentas y beneficios que les eran propios, acabó por hacer desaparecer al resto en 1856 y puso fin, hasta la fecha, a la independencia municipal de Beniaján.

Son esenciales estos años dentro de la historia local, no sólo por el establecimiento de la deseada municipalidad, sino por suponer un primer periodo de apertura y avance social entre la clase trabajadora. Los habitantes de la Huerta de Murcia (más que los de la ciudad), eran eminentemente labradores, ganaderos, gentes en su mayoría dedicadas a trabajar la tierra y el ganado de otros, sometidos siempre al poder de señores y terratenientes. La Constitución vigente, aunque todavía parca en derechos, ya garantizaba la igualdad de los ciudadanos ante la ley, los hacía beneficiarios de las contribuciones y, sobre todo, otorgaba soberanía nacional. La Huerta, hasta ese momento un territorio en poder de unos pocos, inicia el lento proceso de reparto de la tierra entre sus arrendatarios que ya se irá desarrollando a lo largo de todo el siglo XIX, acompañado en lo tocante a la propiedad religiosa por la Desamortización de las tierras ligadas a las órdenes monásticas (un tema de mucha enjundia también en nuestro pueblo, que convendrá tratar más en profundidad).


Como curiosidad y muestra del gran impacto que debió suponer para la población la aplicación de aquella carta magna, y más en un término municipal recién constituido como el nuestro, reproducimos a continuación un oficio publicado en el “PERIÓDICO DE LA SOCIEDAD PATRIÓTICA CONSTITUCIONAL”, con fecha 3 de agosto de 1820. Trata de la remisión, por parte del Ayuntamiento de Beniaján a la autoridad provincial, de un llamativo ofrecimiento realizado por el entonces párroco de la localidad a propósito del nuevo orden político instaurado: 

"Para satisfacción de los amantes de las nuevas instituciones, y como un testimonio de obediencia a las órdenes del Rey, se inserta el siguiente oficio del Ayuntamiento Constitucional de Beniaján al Jefe Superior Político interino de esta Provincia:

Excmo. Señor: Con fecha 23 los corrientes, ha dirigido el Cura Párroco de esta Villa D. Mariano Navarro a este Ayuntamiento el oficio siguiente:

Deseando que mis feligreses posean cuantos conocimientos les sea posible de la sabia Constitución de nuestra Monarquía Española y de los decretos del sabio Congreso Nacional de Cortes, he pensado, con el consentimiento de V.S.S. superior permiso, que además de las instrucciones que doy al pueblo en los días festivos al mismo tiempo que le explico la Doctrina Cristiana, en los mismos y por la tarde establecer una sesión pública en la localidad que S.S. tenga conveniente, con el objeto de instruir con particularidad a los labradores y jornaleros de los que se compone este Vecindario, los Artículos que abraza nuestra Constitución; suministrándoles del mismo modo las ideas de agricultura que proporciona nuestro sabio congreso; sin otra recompensa que la satisfacción que resultará a mi Alma de ser útil a la Patria. Espero del celo y patriotísimo singular que distingue este Ayuntamiento, cooperará a este bien conservando el orden y tranquilidad que debe reinar en este acto, como también me franqueará los sabios decretos de Cortes establecidos o que por tiempo se establecieren. Dios guarde a V.S.S. muchos años. Beniaján, 23 de Julio de 1820.

Lo que este Ayuntamiento ha acordado se pase a noticia de V.E. para su inteligencia y determinación, haciéndole presente que de este establecimiento resultará un gran adelanto a estos vecinos; y al mismo tiempo de la exactitud de dicho Cura en el cumplimiento de sus deberes, amor y adhesión a la Constitución, espera grandes ventajas."

En el número siguiente del mismo periódico, con fecha 10 de agosto de 1820, se publica la contestación dada por el Sr. Jefe Político al Ayuntamiento de Beniaján a este respecto; transcribimos un extracto de la misma:

“Una conducta tan poco común, y en que tanto resplandecen el amor de la Patria y manifiesta adhesión a las nuevas instituciones de este R. Párroco lo hacen acreedor a la gratitud de todos los Españoles que aman y desean la felicidad de la Nación, y más particularmente de V.S. y de ese vecindario que sin duda prosperará rápidamente con las tareas de un Pastor tan adornado de virtudes cívicas. Así espero participe V.S. al R. Cura que su conducta me ha sido de la mayor satisfacción, y que no dude cooperaré por cuantos medios estén  a mi alcance a el feliz resultado de sus patrióticos anhelos, sintiendo el no remitirle por ahora la Colección de Decretos que ha pedido a V.S., por no haberse hecho aún su reimpresión; y no dudo que ese Ayuntamiento contribuirá por su parte en cuanto convenga a tan laudable e interesante objeto.”

En resumen, aquel voluntarioso párroco se ofrecía a explicar a los beniajanenses de la época los pormenores del articulado de la Constitución y los decretos de las Cortes, manteniéndoles al tanto de todos sus derechos y deberes. A las autoridades municipales y provinciales les pareció una idea magnífica. Y entenderemos mejor el entusiasmo de D. Mariano Navarro y su afección por las nuevas leyes si tenemos en cuenta lo que decía “La Pepa” acerca de la confesionalidad del Estado: 

“Art.12 La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, única y verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.” 

Cabe decir aquí que el citado párroco de San Juan Bautista, D. Mariano Navarro y Carví, fue un clérigo muy erudito que trabajó arduamente en la recopilación y clasificación de los libros que hasta aquel momento constituían el archivo eclesiástico de Beniaján. Dedicó años al estudio de los datos que aparecían en los legajos más antiguos, dejando constancia de aquella investigación en notas manuscritas que, aún conservadas, nos describen muchos acontecimientos de la historia local. 

Para finalizar, exponemos una última foto que viaja en el tiempo hasta 1981. Nuestro pueblo salió a la calle tras el golpe de estado del 23F para defender públicamente la nueva etapa constitucional inaugurada en 1978 y que hoy, tan afortunadamente, nos sigue amparando.

 ¡FELIZ 6 DE DICIEMBRE!

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